jueves, 17 de agosto de 2017

Corte de Apelaciones mantuvo cautelares contra ejecutivos de Enel por contaminación en Coronel

bocamina coronel1

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el jueves 10 de agosto, el recurso de apelación interpuesto por el querellante Luis Felipe Urbina Hillerns en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Coronel, el 1 de agosto recién pasado, que denegó dejar sujetos a la medida cautelar de arraigo nacional a los ejecutivos de ENEL Mario Enero Bravo, David Poblete Pino y Pablo Arnés Poggi, imputados por el Ministerio Público como autores de la presunta contaminación de la bahía de Coronel generada por el complejo termoeléctrico Bocamina de la empresa.

En fallo unánime (causa rol 725-2017), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Renato Campos, Rodrigo Cerda y el abogado (i) Pedro Hidalgo– confirmó la resolución que impuso la firma quincenal a los tres ejecutivos de la empresa eléctrica, y rechazó que su eventual salida del país constituya un peligro para el éxito de la investigación, ponga en riesgo la seguridad de los ofendidos o se den a la fuga.

Enero Bravo, Poblete Pino y Arnés Poggi “han mantenido una actitud colaboradora, compareciendo e incluso declarando en múltiples oportunidades, además, que la larga investigación llevada a cabo sólo tiene pendientes actuaciones técnicas que no requieren la presencia de los imputados”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que: “así las cosas, la medida cautelar decretada aparece como suficientemente eficaz para la consecución de los fines del procedimiento, sin que sea necesario aquella otra solicitada por la parte querellante”.