lunes, 12 de noviembre de 2018

Alejandro Segundo Saez Mardones, agente de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros (DICOMCAR)


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RUT: 5.020.634-3
Domicilio Girasol n° 6240, comuna de San Joaquín

Alejandro Segundo Saez Mardones, natural de Panguipulli, nacido el 26 de junio de 1947,cabo 1ro de carabineros, agente de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros (DICOMCAR) y miembro del Comando Conjunto.

Acusado como autor de asociación ilícita en desaparición de Víctor Humberto Vega Riquelme en enero de 1976, Santiago. También está procesado como autor de secuestro calificado de José Arturo Weibel Navarrete en marzo de 1976, Santiago y como cómplice de 2 secuestros calificados de Ricardo Manuel Weibel Navarrete y Juan René Orellana Catalán en noviembre de 1975 y junio de 1976, Santiago

Alejandro Segundo Saez Mardones, condenado a presidio perpetuo como autor de los secuestros y homicidio de
José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino y como autor de los secuestros de otras 6 personas, marzo de 1985, Santiago. En la misma causa condenado a 541 días como autor de asociación ilícita.


Alejandro Segundo Saez Mardones, condenado a presidio perpetuo como autor de los secuestros y homicidio.también tiene condena a 3 años y 1 día como autor del homicidio de Carlos Contreras Maluje, noviembre de 1976, Santiago.



Fuentes de Informacion: CIPER; La Nacion; El Mostrador; El Clarin; El Mostrador; Cambio 21; Memoriavia

La Nacion

30 de Enero 2004

Seis ex uniformados procesados por caso de DDHH

La titular del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, Graciela Gómez, sometió a proceso a seis ex uniformados por su participación en el secuestro del ex dirigente comunista José Weibel y la detención de Carlos Sánchez Cornejo.

El encausamiento afectó a los ex miembros de la FACH Enrique Ruiz Bunger, Juan Fracisco Saavedra Loyola, Jorge Rodrigo Combos y Daniel Luis Guimpert; al ex carabinero Manuel Muñoz Gamboa; y al civil César Luis Palma Ramírez.

También fueron procesados en calidad de autores, junto a Alejandro Sáez Mardones, actualmente recluido en la cárcel de Punta Peuco, por el secuestro de José Weibel.

La Nacion

24 de Noviembre 2004

Justicia toca al Comando Conjunto

El caso Comando Conjunto, una agrupación de agentes del Estado y civiles de ultraderecha coordinada por los cuatro organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y que operó entre 1975 y 1976, entró en su fase final. Es, tal vez, uno de los procesos emblemáticos de violaciones de los derechos humanos por la ferocidad que hubo contra las víctimas (cerca de 70) y porque es el único caso en que participan todas las ramas castrenses, aunque las más involucradas sean la FACH y Carabineros. De hecho, algunos de sus integrantes en los años ’80 se sumaron a la Dicomcar.

La jueza con dedicación exclusiva del Tercer Juzgado del Crimen de Santiago para investigar los delitos cometidos por este organismo represivo, Graciela Gómez, dictó en los últimos días las primeras acusaciones en contra de sus agentes, los responsables del secuestro de Carlos Contreras Maluje, hijo del primer intendente de la UP en la provincia de Concepción, ex regidor por la comuna de Concepción y dirigente del Partido Comunista.

Se trata de uno de los cuatro episodios que dividen este proceso, pero es el más simbólico, porque los hechos que rodearon el secuestro del militante de izquierda dejaron al descubierto los actos cometidos por el CC y provocaron la inmediata disolución del organismo represivo.

Nombres

Como autores intelectuales del plagio fueron acusados el general (R) FACH Freddy Enrique Ruiz Bunger y el coronel (R) de la misma institución Juan Francisco Saavedra Loyola. En tanto, como autores materiales fueron acusados Alejandro Sáez Mardones (que actualmente cumple condena por el caso degollados), Jorge Cobos Manríquez (alias ‘Kiko’ y teniente (R) de la FACH), Daniel Guimpert Corvalán (teniente en retiro de la Armada), César Palma Ramírez (alias ‘Fifo’, un civil ex Patria y Libertad y mencionado en al menos 15 asesinatos) y Manuel Muñoz Gamboa (alias ‘Lolo’, mayor en retiro de Carabineros que también fue condenado en el caso degollados).

Ruiz Bunger estaba a cargo de Inteligencia de la FACH y era un hombre de confianza del entonces comandante en jefe de la Aviación e integrante de la Junta Militar, general Gustavo Leigh, a quien acompañó cuando a éste lo destituyó el general Augusto Pinochet en 1978.

Los hechos

En su resolución, la jueza Gómez llega a la convicción de que los agentes secuestraron a Contreras Maluje y, tras torturarlo, lo utilizaron para montar un operativo donde pretendían capturar a otros militantes comunistas.

El 2 de noviembre de 1976, tras obtener el dato, proporcionado por otro detenido bajo tortura, los agentes lo interceptaron en calle Nataniel y, por la fuerza, lo llevan al centro de detención denominado La Firma (ubicado en calle Dieciocho, donde antes funcionaban las oficinas del diario Clarín).

Tras someterlo a apremios ilegítimos, el ex regidor ofrece llevar a los agentes a un lugar donde podrían apresar a otro militante comunista. Pero los planes de Contreras Maluje eran otros. Según se estableció, al día siguiente el CC montó un operativo en calle Nataniel.

Al llegar al lugar, afirma la jueza, Contreras Maluje “logra eludir a sus vigilantes y se lanza al paso de un vehículo de locomoción colectiva que transitaba en dirección al sur, por calle Nataniel, quedando lesionado a consecuencia del impacto, sin perjuicio de lo cual solicita ayuda a los transeúntes y a un funcionario de Carabineros”. Dijo estar secuestrado, pero los funcionarios no pudieron hacer nada porque apareció un vehículo patente EG-588, que, posteriormente se acredito, pertenecía a la FACH, de uso exclusivo de Ruiz Bunger, jefe de Inteligencia de la Fach. Sus ocupantes se indetificaron como agentes de la DINA. De Contreras Maluje no se supo más.

La Nacion

30 de Noviembre 2005

Condenan a siete ex integrantes del Comando Conjunto

El ministro Juan Fuentes Belmar condenó hoy a diversas penas a siete ex miembros del Comando Conjunto responsables de la desaparición, en noviembre de 1976, del dirigente comunista Carlos Contreras Maluje, informaron fuentes judiciales.

En su resolución, el magistrado no aplicó la Ley de Amnistía dictada en 1978 por el ex dictador Augusto Pinochet, pero sí la prescripción gradual de la pena, tomando como fecha de fin del secuestro calificado el 11 de marzo de 1990, fecha del retorno de la democracia.

Las condenas, de primera instancia, afectan a cuatro oficiales retirados de la Fuerza Aérea (FACH), un ex miembro de la Marina y dos de Carabineros, integrantes de esta agrupación de agentes del Estado y civiles de ultraderecha coordinada por los cuatro organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas y que operó entre 1975 y 1976.

El juez condenó a tres años de prisión remitida (en libertad) al director del Servicio de Inteligencia de la FACH, Freddy Ruiz Bunger, al coronel Juan Saavedra Loyola, al oficial de la Marina Daniel Guimpert y al ex oficial de Carabineros Manuel Muñoz Gamboa.

La misma condena, pero con reclusión nocturna, al ex integrante de la FACH César Palma Ramírez y al policía retirado Alejandro Sáez Mardones, quien desde agosto de 2003 cumple en prisión otra sentencia por violaciones a los derechos humanos.

En ese sentido, también condenó a tres años y un día de presidio al ex capitán de la FACH Jorge Cobos Manríquez.

Fuentes Belmar por último, desestimó una demanda civil contra el Estado presentada por el abogado de la familia de la víctima, Nelson Caucoto.

El de Carlos Contreras Maluje fue uno de los pocos casos en que la Corte de Apelaciones de la época acogió un recurso de amparo presentado por su familia tras su detención.

El 2 de noviembre de 1976, Contreras Maluje, entonces de 29 años de edad, ex regidor de Concepción, y de profesión químico farmacéutico, fue detenido por agentes del Comando Conjunto y trasladado al recinto denominado "La Firma" (ubicado en calle Dieciocho, donde antes funcionaban las oficinas del diario Clarín) donde fue torturado.

Posteriormente, según el Informe Rettig, el dirigente fue trasladado por los agentes a un lugar donde supuestamente Contreras haría un contacto, en calle Nataniel, ocasión en que se arrojó a las ruedas de una micro gritando su nombre y su situación de secuestro.

Inmediatamente, los agentes lo trasladaron nuevamente al recinto de "La Firma" y lo ejecutaron esa misma noche en un camino cercano a Santiago, en donde sus restos fueron enterrados clandestinamente sin que hasta ahora hayan sido encontrados

La Nacion

04 de Abril 2011

INDULTO: 9 CONDENADOS A PERPETUA EN PUNTA PEUCO NO CALIFICARÍAN

Están sentenciados por el asesinato del carpintero Juan Alegría Mundaca, operación Albania y caso Degollados. Entre ellos se cuentan Álvaro Corbalán Castilla y Carlos Herrera Jiménez. No cumplirían requisitos para beneficio por razones

Nueve ex militares condenados a cadena perpetua cumplen sentencia en el penal de Punta Peuco, según datos del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales (UDP). Estos reos no pueden recibir beneficios antes de 20 años de sentencia y tampoco podrían optar a un eventual indulto por razones humanitarias.

Se trata de Álvaro Julio Corbalán Castilla, Carlos Herrera Jiménez, Armando Cabrera Aguilar, Hugo Iván Salas Wenzel, Miguel Arturo Estay Reino, José Florentino Fuentes Castro, Guillermo Washington González Betancourt, Alejandro Segundo Sáez Mardones y Claudio Alberto Salazar Fuentes.

El mayor de Ejército (R) Álvaro Julio Corbalán Castilla no requiere de mayores presentaciones. En el año 2000, el ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) de Santiago fue condenado a perpetua por la Corte Suprema por el homicidio calificado del carpintero Juan Alberto Alegría Mundaca.

LO "SUICIDARON"
En 1983 el cadáver de Alegría apareció en Valparaíso con las muñecas cortadas, junto a una "carta-suicida" en que se incriminaba por el asesinato del sindicalista Tucapel Jiménez. Sin embargo, los homicidas cometieron el error de cercenarle tan profundamente una mano, que no habría podido manejar un arma blanca para cortarse la otra.
Por el crimen de Alegría Mundaca también fueron condenados a perpetua el mayor de Ejército (R) Carlos Herrera Jiménez y el suboficial de Carabineros (R) Armando Cabrera Aguilar, los dos adscritos a la CNI. Los homicidas pensaron que, en su condición de alcohólico y por tener antecedentes penales, el carpintero sería el chivo expiatorio perfecto para el crimen del sindicalista.

Herrera Jiménez es otro que tampoco requiere presentación. Estuvo prófugo en Argentina, de donde fue extraditado. Paradojalmente, en 2004 Herrera Jiménez fue condenado por la Corte Suprema a sólo 10 años de cárcel como autor material del homicidio de Tucapel Jiménez, ex presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), crimen cometido en 1982.

OPERACIÓN ALBANIA
En 2007, el máximo tribunal del país dejó a firme la condena a cadena perpetua en contra del general de Ejército (R) Hugo Iván Salas Wenzel, ex director de la CNI, como coautor de cinco homicidios simples y como coautor de siete homicidios calificados en el caso Albania.

La Operación Albania o "Matanza de Corpus Christi" se produjo entre los días 15 y 16 de junio de 1987, en Santiago. En ella doce miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) fueron ejecutados por agentes de la CNI en diversos puntos de la capital en supuestos enfrentamientos.

En esta misma causa, Álvaro Corbalán fue condenado por la Suprema a 20 años de cárcel como coautor de cuatro homicidios simples y como coautor de ocho homicidios calificados.

CASO DEGOLLADOS
Los otros cinco condenados a perpetua son ex carabineros que participaron en uno de los peores crímenes de la dictadura de Augusto Pinochet: el degollamiento de los profesionales comunistas José Manuel Parada Maluenda, Manuel Leonidas Guerrero Ceballos y Santiago Esteban Nattino Allende.

El 28 y 29 de marzo de 1985, los tres fueron secuestrados por agentes de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros, Dicomcar. Al día siguiente, sus cuerpos aparecieron degollados y con signos de tortura en un camino de Quilicura. En agosto de ese año, el caso provocó la salida del general director de Carabineros, César Mendoza, de la Junta Militar de Gobierno.

En 1995, el coronel de Carabineros (R) Guillermo Washington González Betancourt, ex jefe de la Dicomcar, fue condenado por la Corte Suprema a presidio perpetuo como autor de los secuestros seguidos de homicidios de Parada, Guerrero y Nattino, y también como autor de los secuestros de otras seis personas.

Nattino y Guerrero pertenecían a la Asociación Gremial de Educadores de Chile (Agech), entidad paralela al entonces oficialista Colegio de Profesores. Los seis secuestrados que sobrevivieron pertenecían a la Agech. El sociólogo José Manuel Parada era hijo de los actores Roberto Parada y funcionario de la Vicaría de la Solidaridad.

Los otros ex carabineros condenados a perpetua por este crimen son el ex empleado civil Miguel Arturo Estay Reino ("El Fanta"), el sargento (R) José Florentino Fuentes Castro, y los cabos (R) Alejandro Segundo Sáez Mardones y Claudio Alberto Salazar Fuentes.

DarioRedDigital.cl

13 de Febrero 2015

Alejandro Sáez Mardones: Degollador Recuperó Salida Dominical


La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por Alejandro Sáez Mardones, ex integrante de la Dipolcar de Carabineros condenado a cadena perpetua por el "caso degollados", contra una decisión que revocó su beneficio de la salida dominical. Alejandro Sáez Mardones había perdido el beneficio en octubre de 2014. La Corte de Apelaciones estimó que la decisión del alcaide de Punta Peuco contra Alejandro Sáez fue "arbitraria".


Sáez gozó de salidas dominicales de Punta Peuco desde enero de 2013 hasta octubre de 2014, cuando el alcaide revocó la medida, decisión que los jueces Juan Manuel Muñoz y Dobra Lusic consideraron "arbitraria".

El abogado integrante de la Sala José Luis López Reitze votó en contra, considerando que el alcaide de Punta Peuco actuó dentro de sus facultades.

Según indica el fallo (ver archivo adjunto), "al momento de otorgarse el beneficio que reclama (Sáez) se consideraron los procesos seguidos en contra del recurrente, los que se encontraban en conocimiento del Consejo Técnico respectivo y que por reunir los requisitos reglamentarios le fue otorgado el beneficio carcelario de salida y que se encontraba haciendo uso del mismo hace más de un año".

"Si bien, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 98 inciso primero del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, la revocación de los permisos carcelarios es una facultad privativa del Jefe de Establecimiento, dicha facultad debe ser ejercida de modo razonable y motivado, debiendo haberse fundamentado en antecedentes nuevos, posteriores al otorgamiento del beneficio, que hicieran pertinente la revocación del mismo", agrega.

En este caso, "la revocación del beneficio aparece dispuesta por el recurrido con idénticos fundamentos y antecedentes tenidos en consideración al momento de su otorgamiento, lo que la convierte en una decisión arbitraria, que importa una discriminación respecto del recurrente, vedada por la Carta Constitucional en el artículo 19 n° 2 inciso segundo, que garantiza la no discriminación.".