Adital
Tres años después de la trágica muerte de un
adolescente chileno, víctima de un disparo con arma de fuego por parte de un
agente policial, la reciente sentencia del juicio al autor del atentado pone en
debate en el país los mecanismos de la Justicia Militar. Para representantes de
los movimientos sociales, el tribunal, que juzga los casos de violaciones a los
derechos humanos, encubriría los delitos cometidos por las fuerzas públicas y
no daría respuestas adecuadas para reparar los daños a la población. La familia
de la víctima exige justicia.
El estudiante Manuel Eliseo Gutiérrez, de 16
años de edad –el más joven de cuatro hermanos, hijo de un pescador artesanal y de
un ama de casa–, murió después de recibir un tiro durante una manifestación en
Santiago del Chile, capital del país, el 25 de agosto de 2011. En la ocasión,
las calles estaban tomadas por los chilenos, en huelga general convocada por la
Central Única de los Trabajadores (CUT), que protestaban por la falta de respuesta
a una serie de reivindicaciones sociales.
Los actos públicos se habían extendido durante
todo el día, registrando episodios de violencia por parte de un grupo de
manifestantes. Al comienzo de la madrugada, Gutiérrez, acompañado por su
hermano y un amigo, observaba los resultados del día de conflictos en la zona
sur de Santiago, situado en el cruce entre las calles Américo Vespucio y Amanda
Labarca, cuando escucharon tres disparos. Uno de ellos alcanzó a Manuel en el
pecho. Aunque fue llevado al hospital, el joven murió como consecuencia de una
paro cardiorrespiratorio ocasionado por la herida de bala en la región toráxica.
El 6 de mayo de este año, el tribunal condenó al
ex sargento Miguel Ricardo Millacura Cárcamo, autor de los disparos, a tres
años y un día de prisión por el delito de violencia innecesaria, teniendo como
resultado la muerte del adolescente, además de 60 días de detención por el
delito de violencia innecesaria, causando lesiones menos graves a otro joven
que fue herido en la misma ocasión. La Corte substituyó la pena de privación de
la libertad por el régimen de libertad condicional por el período de tres años
y 61 días. Una subteniente que fue procesada por encubrir los delitos fue
absuelta.
Para la familia de Gutiérrez y sus abogados,
la sentencia del tribunal militar fue tendenciosa, favoreciendo a los
militares. Para ellos, la pena atribuida al ex sargento no es proporcional al
delito. "La pena podría haber sido de hasta 20 años, según las características y
circunstancias. Si bien el tribunal ha desestimado la legítima defensa, como
alegaba el acusado, ha aplicado la circunstancia atenuante de colaboración
eficaz con la investigación, lo que es falso y sólo buscaría favorecer al
principal inculpado. Además lo favorecieron al no aplicar ninguno de los
agravantes contemplados en la ley, por eso estamos apelando”, afirma Cristián Cruz, abogado de la familia.
"¿Cómo puede el tribunal haber considerado
como atenuante el haber colaborado sustancialmente con el esclarecimiento de
los hechos cuando el sargento inicialmente negó a sus superiores la utilización
del armamento durante la noche de los hechos, limpió el arma y le repuso
municiones para impedir que se descubriera que la había usado?”, cuestiona Cruz.
Actualmente, el caso de Manuel Gutiérrez está
siendo apelado en corte marcial, que determina castigos a miembros de las
Fuerzas Armadas, sometidos a las leyes del derecho militar. La familia comprende
que, hasta el momento, no recibió la reparación adecuada por el delito y el
apoyo efectivo por parte de las autoridades, como atención psicológica y
asistencia económica. Por el Derecho Internacional, el Estado chileno tiene la
obligación de reparar el daño causado por sus agentes a la población.
"No queremos que vuelva a ocurrir lo mismo. No
queremos otro Manuel. Sabemos lo que se siente perder un ser querido, perder un hijo, un hermano, un nieto, perder un tío en el caso de mi
sobrino. Es el dolor más grande que se puede sentir”, afirma Gerson Gutiérrez, pariente
de la víctima.
Con informaciones de Amnistía Internacional.
Traducción: Daniel Barrantes - barrantes.daniel@gmail.com