No deja de tener suma gravedad el hecho de
que en Chile se estén utilizando herramientas de la persecución
antiterrorista en juicios comunes, más aún contra menores de
edad.
José
Antonio Ñirripil fue uno de los niños que el año 2010 hicieron huelga de
hambre, junto a decenas de comuneros mapuche, en contra de la Ley
Antiterrorista. Producto de esa huelga de hambre, en lo inmediato, se
logró que se modificara la Ley Antiterrorista de manera que ésta no
afectara a menores de edad. También se logró que el Gobierno prometiera
desistirse de sus querellas por esta ley.
La exclusión de los menores de la Ley Antiterrorista, debido a las interpretaciones torcidas de los fiscales y jueces, tuvo que hacerse a través de dos proyectos de ley, el año 2010 y luego el año 2011. Pero el Estado de Chile, tras la huelga de hambre, encontró una forma subrepticia de seguir persiguiendo al movimiento mapuche –incluidos a los menores de edad- como terroristas. Esto se hace principalmente a través de los testigos secretos.
La exclusión de los menores de la Ley Antiterrorista, debido a las interpretaciones torcidas de los fiscales y jueces, tuvo que hacerse a través de dos proyectos de ley, el año 2010 y luego el año 2011. Pero el Estado de Chile, tras la huelga de hambre, encontró una forma subrepticia de seguir persiguiendo al movimiento mapuche –incluidos a los menores de edad- como terroristas. Esto se hace principalmente a través de los testigos secretos.
En el caso de José Antonio, estos días se ha estado llevando a cabo el juicio en el Tribunal Penal de Temuco. La única “prueba” para incriminar a José Antonio, es el testimonio de un delator compensado (Art.4 de la Ley Antiterrorista), que la fiscalía logró introducir indirectamente en el juicio, a través del testimonio indirecto de policías que habrían presenciado el procedimiento de delación. Es decir, en Chile se persigue como terroristas a menores de edad –mapuches, por supuesto-.
La Unicef, a través del abogado Nicolás Espejo, consideró la vulneración a José Antonio como “grave y preocupante”. Sin embargo el Tribunal –al parecer, por las preguntas que les ha hecho a los policías- sí logró percatarse al menos de que el testimonio del delator compensado fue inducido por el policía que lo interrogó (el policía hizo preguntas que el delator iba contestando afirmativamente, logrando así incriminar a otros, en vez de que el delator hubiera hecho un relato de lo ocurrido). No hay ningún otro indicio para incriminar a José Antonio.
No deja de tener suma gravedad el hecho de que en Chile se estén utilizando herramientas de la persecución antiterrorista en juicios comunes, más aún contra menores de edad. Al respecto el Relator ONU Ben Emerson instó fuertemente al Estado de Chile a dejar de utilizar los testigos secretos en las causas mapuche. Ejemplos como el de José Antonio expresan que el debate actual sobre la promesa de invocar o no de la Ley Antiterrorista por parte de las candidaturas presidenciales, es una discusión intrascendente, toda vez que se están utilizando las herramientas de la persecución terrorista en juicios penales; esto por la presión que está ejerciendo el Poder Ejecutivo contra los jueces, y el respaldo del mismo Ejecutivo a las interpretaciones torcidas e incluso actuaciones fuera de la ley por parte de los Fiscales en las causas contra el movimiento mapuche.
Fuente http://www.azkintuwe.org