La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) considera que es un avance para la libertad de expresión en Chile.
Terminar con la criminalización a las radios
comunitarias amparada en el artículo 36B(a) de la ley General de
Telecomunicaciones vigente en Chile desde 1991, significa eliminar una
importante barrera para el ejercicio pleno de la libertad de expresión.
La indicación aprobada, el día miércoles 13 de junio, por unanimidad en
la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Cámara de Diputados y
patrocinada por el Ejecutivo, avanza en este sentido.
Dicha moción, introducida en el marco de la tramitación del proyecto
de ley que crea la Superintendencia de Telecomunicaciones, suspende
las penas de cárcel a la radiodifusión sin licencia; modifica el
carácter de delito de acción pública establecido en el artículo 36B(a) a
delito de acción privada, mantiene multas y establece comiso de equipos
sólo en caso de reincidencia. Con esto el régimen de sanciones se
acerca al principio de proporcionalidad que ha recomendado la Relatoría
de Libertad de Expresión, dependiente de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, en sus informes al Estado chileno.
La indicación, presentada inicialmente por los/a diputados/a Mª
Antonieta Saa y Hugo Gutiérrez y que cuenta con patrocinio del
Ejecutivo, solo permite actuar como querellante a la futura
Superintendencia de Telecomunicaciones. Esto evitará la presentación
indiscriminada de denuncias como las que lleva adelante el gremio
empresarial de la radiodifusión ARCHI, contra las radios comunitarias, o
aquellas que son resultado de conflictos o rencillas de origen privado.
El texto legal en trámite contempla, además, eliminar parte de las
sanciones que establece la Ley de radios Comunitarias, entre las que se
incluye caducación inmediata de licencia por orden de los Juzgados de
Policía Local.
AMARC, y su capítulo chileno, AMARC Chile, valoran estas
modificaciones y al mismo tiempo expresan que es necesario un mayor
avance para alcanzar estándares de libertad de expresión recomendados
por organismos internacionales de Derechos Humanos promovidos por AMARC.
En este sentido, el monto propuesto para las multas de 5 a 1 UTA (entre
dos millones y medio y quinientos mil pesos) resulta elevada y
expropiatoria para muchos proyectos radiales sustentados por
organizaciones sociales sin fines de lucro, que no tendrían posibilidad
de pagarla.
AMARC ha advertido tanto a las autoridades de este Gobierno y
anteriores, como a representantes del Parlamento, sobre la grave
vulneración a los convenios suscritos por el Estado chileno en materia
de derechos humanos, que significa mantener una legislación que aplica
derecho penal, con condenas de cárcel, a actos de libertad de expresión.
Desde 1991, el artículo 36B(a) ha afectado a radios comunitarias que
han debido silenciar sus emisiones, se les han incautado sus equipos,
sus representantes han sido sometidos a arraigo y obligación de firma
ante juzgado de policía local, y sus comunidades de pertenencia también
se ven afectadas vulnerando su derecho a contar con medios de
comunicación de cercanía y a recibir información diversa y plural.
En lo que va del año 2012, tenemos por lo menos 4 casos de proyectos
radiales comunitarios que han sido afectados por este artículo de la Ley
General de Telecomunicaciones. Estas situaciones han sido informadas
por AMARC ante organismos internacionales de defensa de los derechos
humanos.
Llamamos especialmente la atención sobre la denuncia presentada por
la comunicadora radial mapuche directora de radio Kimche Mapu, a quien
se le aplicó el artículo 36B(a) por emisión "ilegal", en directa
vulneración de la ley indígena y de convenios internacionales de defensa
de los pueblos indígenas, y en circunstancias que no existen concursos
abiertos para concesionar frecuencias en su comuna.
Instamos a los miembros de la Comisión de Obras Públicas, Transportes
y Telecomunicaciones de la Cámara Baja y al pleno del Congreso, a
respaldar estos avances y situar los debates desde un enfoque de derechos
ciudadanos, para conseguir una mejor condición de ejercicio de la
libertad de expresión del país en el continente. Actualmente Chile junto
a México, Honduras y Brasil contemplan la criminalización de las radios
comunitarias sin licencia, en un marco inequitativo de acceso y
distribución de frecuencias.
AMARC lucha por un acceso equitativo a las frecuencias y por
despenalizar el uso del espectro sin autorización como parte del
ejercicio del derecho a la comunicación y la libertad de expresión.
En el marco de estas modificaciones, AMARC solicita al Estado
transparentar la administración del espectro radioeléctrico como también
avanzar en mejores marcos regulatorios para los medios de comunicación
en Chile, que incluyan una nueva política pública de comunicación en el
país, pues la que nos rige data de la dictadura en 1982.
Santiago Chile, jueves 14 de junio 2012
*María Pía Matta - Presidenta de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC)
Mesa AMARC Chile:
Raúl Rodríguez, Radio Juan Gómez Millas
Juan Enrique Ortega, ECO
Vicky Quevedo, Foro Ciudadano
Rodrigo González, Radio Konciencia
Perla Wilson, AMARC América Latina y Caribe*