Acontecimientos ocurridos en España y
respecto de los cuales poco se sabe hasta ahora, han tenido la capacidad
de hacer que saquen la voz y salgan a la luz tras largos meses ocultos
en sus escondites los principales artífices de la llamada “Operación
Salamandra”, que tras una espectacular arremetida represiva que
significó la prisión de 10 personas por 10 meses se fue desinflando
hasta culminar en sobreseimiento definitivo y absolución del total de 15
personas inicialmente acusadas de integrar una “asociación ilícita
terrorista”.
No es de extrañar que después de la
batalla aparezcan los ex-generales derrotados diciendo “teníamos razón”,
y hasta amenazando con nuevos juicios. Sabemos que para ellos su propia
legalidad vale muy poco cuando se anteponen intereses personales y la
razón de Estado, y así estos señores se olvidan de que tanto la
Constitución como los tratados internacionales y el Código Procesal
Penal prohiben volver a juzgar a personas por los mismos hechos. En este
caso, todos los acusados fueron sobreseidos y/o absueltos, tras un
largo proceso que además de los 10 meses de prisión preventiva incluyó 6
meses de juicio oral, y posteriormente el intento de anular y repetir
el juicio, pretensión que fue definitivamente desechada por la Corte
Suprema hace poco más de un año, al establecer que no fueron violados
derechos ni garantías durante dicho juicio.
En un ejercicio que de raciocinio
tiene bien poco y más parece “pensamiento mágico”, se asume
automáticamente que de ser ciertas las imputaciones efectuadas en España
-cuyo detalle recién se conocerá este viernes 15 de noviembre- entonces
automáticamente vendría a quedar demostrada la culpabilidad de
Francisco Solar y Mónica Caballero en los hechos que les fueron
imputados hace 3 años, y de paso la de todos los ex-imputados del “Caso
Bombas”, rehabilitándose así las figuras de Hinzpeter y Peña y
obteniendo de paso un gran trofeo para la batalla del Gobierno contra
los “jueces garantistas”.
Se despliega el argumento de que un juez
“de quinta categoría” mató las pretensiones de castigo de fiscales y
querellantes por excluir demasiadas pruebas. Lo que no se dice es que
ese mismo juez, que de hecho es uno de los más prestigiosos dentro de la
comunidad jurídica, concedió alrededor de dos semanas a los
persecutores para corregir la acusación en extremo defectuosa que Peña
había presentado con bombos y platillos un par de días antes de irse a
trabajar con el querellante Hinzpeter, y que el grueso de las
exclusiones que este juez decretó obedecían a que se trataba de pruebas
que por error se habían listado dos o tres veces, o a cuestiones que
abiertamente no tenían nada que ver en este juicio (como por ejemplo los
pasaportes del ciudadano pakistaní que fue víctima de extrañas
maniobras y acusaciones que luego quedaron en nada).
Unos gobernantes más sensatos evitarían
felicitarse demasiado por estos desarrollos recientes en Europa. Si en
efecto tenían sospechas fundadas de la participación de algunas personas
en la colocación de artefactos explosivos, pero en vez de dejar madurar
una larga y compleja investigación hasta que las pruebas obtenidas
sirvieran para algo más que para justificar prisiones preventivas
optaron conscientemente por convertir todo esto en política contingente y
farándula policíaco-judicial, no podían en primer lugar extrañarse de
la desastrosa derrota obtenida en el juicio, y menos aún podrían hoy
congratularse retroactivamente echándole la culpa al empedrado de lo que
no fueron sino actos propios y decisiones tomadas desde muy arriba.Es
más: si Hinzpeter y Peña hubieran estado realmente convencidos de las
tesis que en su momento enarbolaron, no se explica el que hubieran
tenido que salir arrancando respectivamente y de manera tan deshonrosa, uno desde la Fiscalía Sur y el otro desde su antiguo Ministerio.
En el Caso Bombas se pretendió juzgar
la ocurrencia de 30 explosiones, y un episodio de “financiamiento del
terrorismo”. Finalmente llegaron a juicio 5 explosiones y el pretendido
financiamiento de una asociación ilícita que fue sobreseida a petición
del propio Ministerio Público.
En una de esas explosiones, imputada a Solar, no
se logró probar ni siquiera que lo que se dejó en las escalinatas del
Consejo de Defensa del Estado haya sido un artefacto explosivo.
Lo que claramente habla de un mal trabajo del GOPE y LABOCAR, pretende
ahora ser usado como argumento en contra de la existencia misma de
jueces que de acuerdo a los propios requerimientos constitucionales y
legales deben ser independientes y objetivos. Esto es interesante, pues
rebela que es cierto que bajo la camisa de fuerza del “Estado de
derecho” existe un Estado de policía que encuentra muy molestas las
garantías que rodean al Derecho Penal y preferiría ir y aplicar
sanciones a diestra y siniestra en base al puro olfato de sus sabuesos.
Por otra parte, ¿qué tiene que
ver -por ejemplo- lo que eventualmente haya ocurrido en España con una
absolución tan limpia y tajante como la de Felipe Guerra, acusado de
haber estado en una explosión donde según las pericias de la mismísima
Brigada de Operaciones Especiales de la PDI la persona que se hallaba
presente debió necesariamente haber quedado con lesiones acústicas que
Guerra claramente no tenía? Por eso es que en esta parte la
sentencia del 3er Tribunal Oral en lo Penal resulta tan impresionante,
pues dice que adquirió la convicción más allá de toda duda razonable de
que Guerra no estuvo presente en los hechos cuya participación se
imputaba, y llama la atención sobre el hecho de que esas pruebas
científicas y objetivas hayan sido obtenidas por la Fiscalía pero
presentadas por la defensa.
Otro caso de antología es el pretendido “financiamiento”, cuestión donde la derrota de los persecutores fue triple: no
se demostró que los exiguos montos recibidos por miembros de una casa
okupa tuvieran por fin ilícito alguno, quedó claro que la intercepción
de correos electrónicos en base a los cuales se basaba esta pretensión
fue absolutamente ilegal y, por último, es bastante obvio que resulta
imposible financiar una asociación ilícita sobreseida y por ende
inexistente. Pese a esta obviedad, Raúl Guzmán, el sucesor de Peña en la Fiscalía Sur, decidió llevarlo a juicio igual, yahora
se lamentan de tener que pagar “costas” que hubieran sido perfectamente
evitables para el Fisco si hubieran actuado racionalmente y no
persiguiendo delitos imposibles.
Cabe señalar además que respecto de Guerra y los pretendidos “financistas” no se excluyó prueba alguna.
Ante toda esta
arremetida mediático-política no es la intención defender al poder
judicial ni al sistema penal chileno, sino tan solo combatir con un poco
de memoria y sentido común la avalancha de falacias y maniobras
políticas que se propalan desde lo alto, recomendando a cualquier
opinante que primero se tome el trabajo de entender lo que fue el
llamado “Caso Bombas” (al efecto me permito recomendar el libro de Tania
Tamayo sobre el Caso Bombas editado el 2012 por LOM, y mi propio
trabajo sobre el tema editado recientemente por Libros del Perro Negro) y
leer directamente en las sentencias pertinentes lo que resultó y lo que
no resultó probado. De lo contrario, lo más probable es que una vez más
le estén metiendo el dedo en la boca, una vez más.
Por Julio Cortés Morales
Abogado. Ex-defensor de Felipe Guerra, Diego Morales y Carlos Riveros en el llamado ‘caso bombas’
Cristobal Cornejo Fuente El Ciudadano
